¡Robo en estacionamiento de supermercado se paga! Corte confirma indemnización a conductor afectado, pero rebaja el monto del daño moral y la multa.
Resumen
Un cliente sufrió el robo de especies desde el interior de su camioneta (tras ser fracturado un vidrio) mientras se encontraba en el estacionamiento de un supermercado de la empresa Cencosud. Si bien en primera instancia se le concedió una millonaria indemnización y una fuerte multa, el caso llegó a la Corte de Apelaciones tras la apelación de la empresa.
Lo que debes saber
La responsabilidad de los estacionamientos: Los supermercados y centros comerciales deben responder por la seguridad de los vehículos de sus clientes, ya que el resguardo forma parte esencial del servicio que ofrecen.
Prueba de los daños: La Corte advirtió que el afectado conducía un vehículo que era de propiedad de su cónyuge y que no logró probar ni la existencia ni la propiedad de las especies exactas que le robaron, lo que obligó a reducir el monto del daño moral a la mitad ($2.500.000).
Principio de proporcionalidad: Como se rechazaron las peticiones de daño emergente y lucro cesante, la Corte también redujo la multa a beneficio fiscal impuesta a la tienda.
Considerando
1. Modificación del Daño Moral por Falta de Acreditación de Especies (Considerando Primero)
Titularidad y preexistencia: El tribunal de alzada advierte que el demandante (Bernardo Lagos Parker) conducía un vehículo que era propiedad de su cónyuge (Ester Díaz Muñoz).
Morigeración del quantum: Sumado a lo anterior, el actor no logró probar la existencia ni la propiedad de las especies exactas que le fueron sustraídas desde el interior del automóvil tras la fractura del vidrio en el estacionamiento del supermercado. Esta falta de acreditación patrimonial directa justifica reducir prudencialmente el daño moral o psicológico a la suma de $2.500.000 (rebajando los 5 millones fijados en primera instancia).
2. Principio de Proporcionalidad en la Multa Infraccional (Considerando Segundo)
Ajuste de la sanción a Cencosud Retail S.A.: La Corte razona que, al haberse desestimado en el juicio los capítulos indemnizatorios correspondientes a daño emergente y lucro cesante, y en virtud del principio de proporcionalidad, resulta razonable y procedente acoger la solicitud de la empresa comercial para rebajar la multa a beneficio fiscal impuesta por el juez de policía local.
Se Resuelve
I. Confirmación con Declaración: Se confirma la sentencia definitiva apelada de 28 de mayo de 2024, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Talca en causa Rol N° 11.166-2023, con declaración.
II. Rebaja de Multa Infraccional: En la fase infraccional, se reduce el monto de la multa impuesta a la empresa Cencosud Retail S.A. a la suma de cinco Unidades Tributarias Mensuales (5 UTM).
III. Rebaja de Daño Moral: En el ámbito civil, se rebaja el monto a pagar por concepto de daño moral a la suma de $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos).
IV. Costas: Cada parte pagará sus propias costas, por no haber resultado ninguna de ellas totalmente vencida.
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