¡Un mal cambio de pista se paga! Tribunal condena a conductor por colisión en Avenida Las Condes
Resumen
Un accidente ocurrido en agosto de 2023 en Avenida Las Condes involucró a una camioneta Ford Ranger y un station wagon Dodge Durango. El conductor del Dodge intentó cambiar de pista sin percatarse de la presencia de la camioneta, provocando daños considerables. La compañía de seguros del vehículo afectado interpuso una querella y demanda civil para exigir responsabilidades. Decisión confirmada actualmente por la Corte de Apelaciones de Santaigo.
Lo que debes saber
Todo conductor tiene la obligación legal de mantener el control de su vehículo y estar atento a las condiciones del tránsito en todo momento.
Realizar una maniobra de cambio de pista sin asegurarse de que la vía está completamente libre convierte al infractor en el causante basal del accidente.
La responsabilidad en un choque no solo implica una multa de tránsito, sino también la obligación civil de indemnizar por los daños materiales ocasionados al vehículo afectado.
Considerando
1. Relato de los Hechos y Controversia (Considerandos Primero a Octavo)
Posturas de las partes: El tribunal resume el parte policial, las declaraciones de los conductores y la querella interpuesta. Mientras la denunciante (representada por la aseguradora) indicaba que circulaba por su pista cuando fue colisionada por el costado, el querellado alegaba que intentó cambiar de pista y que la conductora del otro vehículo lo impactó por atrás por venir a exceso de velocidad.
Determinación de la dinámica del accidente: Se delimita que el conflicto radica en esclarecer qué vehículo provocó la colisión al efectuar un desplazamiento lateral en la Avenida Las Condes a la altura de calle Fernández Concha.
2. Establecimiento de la Causa Basal y Responsabilidad Infraccional (Considerandos Noveno, Décimo y Undécimo)
Infracción al artículo 108 de la Ley de Tránsito: El juez determina, a partir de la propia confesión del querellado (quien reconoció que estaba señalizando para cambiarse a la pista de la izquierda), que este inició la maniobra de cambio de pista desde la segunda a la tercera sin haberse percatado de la presencia de la camioneta que ya circulaba por dicha vía.
Falta de atención a las condiciones del tránsito: Se razona que la obligación legal de todo conductor es mantener el control y no efectuar maniobras de desplazamiento lateral hasta tener la absoluta seguridad de que la pista está libre y despejada. Por esta razón, se configura la infracción grave tipificada en el artículo 200 N° 40 de la Ley N° 18.290.
3. Aceptación de la Demanda Civil y Relación de Causalidad (Considerandos Décimo Segundo a Décimo Quinto)
Nexo causal: El sentenciador constata que existe una relación directa y necesaria (causa a efecto) entre la infracción cometida por el querellado y los daños materiales sufridos por el vehículo asegurado.
Prueba documental de los perjuicios: Se valoran las facturas acompañadas por la parte demandante (no objetadas por la contraria), concluyendo que los perjuicios materiales acreditados ascienden a la suma de $1.594.830, los cuales deben ser indemnizados con sus respectivos reajustes e intereses.
Se Resuelve
I. Condena Infraccional: Se acoge la denuncia y la querella infraccional en contra de don Ariel Meller Rosenblut, condenándolo al pago de una multa de 1.5 UTM (una y media unidad tributaria mensual), la cual deberá ser pagada dentro de quinto día bajo apercibimiento de reclusión nocturna. Asimismo, una vez ejecutoriada la sentencia, se ordena oficiar al Servicio de Registro Civil para comunicar la infracción grave.
II. Acogimiento de la Demanda Civil: Se hace lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicios, condenando al demandado a pagar a Liberty Compañía de Seguros Generales S.A. la suma de $1.594.830 (un millón quinientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta pesos). Dicha cantidad deberá pagarse reajustada según la variación del IPC entre la fecha del accidente y el pago efectivo, más los intereses corrientes calculados de igual forma.
III. Condena en Costas: Se condena al demandado al pago de las costas de la causa.
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