Volver¿Deudas de aseo municipal? Tribunal acoge prescripción y borra más de medio millón en giros antiguos en Talcahuano.
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Rol:C-1349-2026

¿Deudas de aseo municipal? Tribunal acoge prescripción y borra más de medio millón en giros antiguos en Talcahuano.

Juzgado Civil9 de septiembre de 2026Derecho Civil

Resumen

El 1º Juzgado Civil de Talcahuano acogió la demanda sumaria de prescripción extintiva interpuesta por una propietaria en contra de la Municipalidad, declarando prescritas las deudas por derechos de aseo domiciliario vencidas entre septiembre de 2018 y junio de 2021, ampliando incluso el petitorio original por el transcurso del tiempo hasta la notificación.

Lo que debes saber

Los derechos de aseo municipal prescriben si el municipio deja transcurrir el plazo legal sin cobrarlas judicialmente o interrumpir el período.

El tribunal no solo consideró la fecha pedida por la vecina (noviembre 2020), sino que —respetando el efecto de la fecha de notificación de la demanda en julio de 2026— amplió la prescripción hasta junio de 2021 (acumulando $539.632).

La Municipalidad fue notificada, pero no contestó ni se defendió (rebeldía procesal).

Al no haber oposición real, el tribunal eximió al municipio del pago de costas.

Considerando

CONSIDERANDO 1: Identifica a la actora (Camila Makarena Jara Carrasco) y a la demandada (I. Municipalidad de Talcahuano, representada por su alcalde Eduardo Saavedra Bustos), reproduciendo los fundamentos de la parte expositiva de la demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo domiciliario en procedimiento sumario.

CONSIDERANDO 2: Constata que la parte demandada, debidamente notificada, no contestó la demanda ni compareció a las actuaciones posteriores del juicio (rebeldía total).

CONSIDERANDO 3: Fija los hechos a prueba del juicio: 1) Efectividad de adeudarse la suma indicada por derechos de aseo, y 2) Efectividad de haber operado la prescripción respecto de los períodos señalados.

CONSIDERANDO 4: Pondera la prueba documental acompañada por la actora (sin objeción): 1) Certificado de deuda emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Talcahuano (11/05/2026), y 2) Certificado de dominio vigente del inmueble inscrito a nombre de la demandante (CBR Talcahuano, 2022).

CONSIDERANDO 5: Deja constancia de que la demandada no allegó prueba en estrados por su calidad de litigante rebelde.

CONSIDERANDO 6: Desarrolla el marco dogmático y legal de la prescripción extintiva (arts. 2492, 2493, 2514 y 2515 del Código Civil), precisando que extingue acciones y derechos ajenos por el transcurso del tiempo sin ejercicio (5 años regla general para acciones ordinarias), contado desde la exigibilidad.

CONSIDERANDO 7: Concluye que la actora es propietaria del bien raíz y que este adeuda derechos de aseo a la municipalidad. Dado que la demanda fue notificada el 23 de julio de 2026 y la actora pidió comprender las cuotas que prescribieran entre la interposición y el fallo, el tribunal extiende el cálculo de prescripción quinquenal hasta junio de 2021, abarcando giros desde el 30/09/2018 (N° 3993716) al 30/06/2021 (N° 4627988) por un total de $539.632, sin vulnerar la congruencia.

CONSIDERANDO 8: Resuelve la exención de costas a la demandada por no haberse opuesto expresamente a la acción.

Se Resuelve

I. QUE SE ACOGE la demanda interpuesta en lo principal de folio 1 en contra de la I. Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su alcalde don Eduardo Antonio Saavedra Bustos.

II. En consecuencia, se tiene por prescrita la acción municipal ordinaria para el cobro de la extracción de residuos domiciliarios correspondiente a los períodos cuyos vencimientos se registraron entre el 30 de septiembre de 2018 (giro N° 3993716) y el 30 de junio de 2021 (giro N° 4627988), ambos inclusive, por un total de $539.632, con sus reajustes, intereses y multas asociados.

III. No se condena en costas a la demandada por no mediar oposición expresa.

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